Confirman la falsedad documental que permitió la libertad de Olivera en Roma

Tlahui-Politic 10 II/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Argentina, a 27 de Septiembre, 2000. Arg - Confirman a la Comisión de DH del parlamento la falsedad documental que permitió la libertad de Olivera en Roma. Equipo Nizkor. Derechos Human Rights. Serpaj Europa. Información.

LA SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS INFORMA AL PARLAMENTO DE LA FALSIFICACIÓN DOCUMENTAL QUE PERMITIÓ LA LIBERTAD DE OLIVERA EN ROMA.

El día 26 septiembre 2000, la Subsecretaría de Derechos Humanos, Diana Conti, concurrió a la Comisión de DDHH de la Cámara de Diputados de la Nación, a efectos de informar sobre el curso de los acontecimientos en el caso del liberado Olivera.

En dicha reunión se encontraban presentes además de los legisladores, represetantes de ONGs de carácter internacional invitados por la Comisión. Derechos Human Rigths, asistió por medio de su Directora Ejecutiva, Graciela Lois y junto al asesor legal, Dr. Mario Ganora. Las explicaciones que diera la funcionaria, fueron acerca de las características de la documentación que fuera presentada ante las autoridades italianas, y las investigaciones que se llevaron a cabo a efectos de dilucidar la autenticidad de la misma.

A continuación se transcribe el documento que la funcionaria entregó en la mencionada reunión.

ANÁLISIS DE LA FOTOCOPIA DEL PRESUNTO DOCUMENTO

Solicitud al Registro Civil del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del fallecimiento de ERIZE TISSEAU, Marie Anne, al que se agregan por debajo las siguientes constancias:

1) Sello del Ministerio del Interior (certificación de firma de un apellido ilegible)
2) Sello de Apostilla de la Convención de La Haya (válida internacionalmente el documento)
3) 2 Timbrados de Tesorería General por valor de 20$ cada uno del 7/9/00 (se observará más adelante que el formulario de solicitud lleva como fecha de pedido el 11/9/00, es decir, los timbrados son anteriores a la solicitud)
4) 1 sellado del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y culto, junto con una constancia de pago de 34 pesos.

El formulario de solicitud tiene fecha de pedido el 11 de septiembre , a las 12:08, bajo el número de pedido CE02- DCB - 429742U. En el formulario se indica que lo requerido debe ser retirado el martes 12 de septiembre, a partir de las 10:30 hs.

En el formulario de solicitud en cuestión se consigna como fecha de fallecimiento Anne Marie ERIZE TISSEAU el 11 de noviembre de 1976, y como fecha de inscripción de dicho fallecimiento, el 13 de octubre de 1984 en San Juan, sin identificar sección ni datos filiatorios.

En los casilleros del Tomo y el Año figuran anotaciones ilegibles - que asemejan números - y claramente sobreinscriptas. Se consigna como motivo principal de la solicitud, trámite judicial, con un agregado con otra escritura que dice "Roma".

El día 21 de septiembre de 2000 instruí a una integrante de mi gabinete a que se comunicara con María Eugenia TALERICO, asesora del Interventor del Registro Nacional de las Personas, Licenciado ORTIZ MALDONADO, requiriéndole que, con los datos que surgen del documento descripto y de la Libreta Cívica de Anne Marie ERIZE TISSEAU, verificara en esa dependencia la comunicación del fallecimiento o de su presunción respecto de la citada. Se le comunicó que no existe constancia alguna de estas circunstancias y que para el Registro Nacional de las Personas , Anne Marie ERIZE TISSEAU está viva.

El mismo día 21 de septiembre de 2000 instruí a otro integrante de mi gabinete a que se hiciera presente en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires desde donde habría partido la documentación que se habría entregado en Italia por los abogados de Jorge OLIVERA, según el documento en cuestión. En dicha dependencia se pudo constatar lo siguiente:

1) que en ese Registro no existe partida de defunción alguna a nombre de Anne Marie ERIZE TISSEAU;
2) que no consta haberse entregado a ningún requirente documentación alguna respecto de esta persona;
3) que la firma obrante en el documento de mención como perteneciente a "MARTIN MASSERA" y que sería una certificación de firma del Ministerio del Interior, no corresponde a dicha persona, por cuanto hace un año que no firma ningún tipo de certificaciones;
4) que el apostillado que habría realizado el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y culto, es de fecha 7 de septiembre, y según el documento en cuestión la supuesta partida de defunción, que no está agregada en este documento, se habría entregado el 12 de septiembre;
5) que en el Registro los Tomos de inscripción se clasifican con letras y no con números (como parece indicarse en el documento de referencia).

En la misma fecha, 21 de septiembre de 2000, instruí a un integrante de mi gabinete a que se comunicara con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Desde esa dependencia se informó lo siguiente:

1) que todo sellado de apostilla debe contener fecha (lo que no ocurre con el sellado de apostilla del documento en cuestión);
2) que el tipo de sello y el tipo de ticket que figuran en el documento de referencia desde hace un año que no se utilizan en el Ministerio mencionado.

El día 25 de septiembre del año en curso, en comunicación telefónica con el Director del Registro Provincial de las Personas de San Juan, Dr. Furío , nos fue informado que tampoco en ese organismo existe constancia alguna del fallecimiento, presunción de fallecimiento o ausencia por desaparición forzada de MARIE ANNE ERIZE TISSEAU.

Hasta aquí el texto del documento entregado por la Subsecretaría de Derechos Humanos, Diana Conti,

Por otro lado en la copia del fax que presuntamente se tuvo en cuenta para determinar la liberación de Olivera por los jueces italianos, figura un numero en el encabezado que es el siguiente 114 8143280, que decía CABINET ADVOCAT, suponiendo que se tratara de un estudio de abogados llamamos al mismo, y nos informan que es un numero particular, en posterior averiguación que realizamos, figura el Sr. Ballester Enrique G, como titular de la línea de teléfono con domicilio en la calle Rodríguez Peña 1775, de la Ciudad de Buenos Aires.

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2000

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