Piden cumplimiento del Convenio 169 de la OIT sobre derechos indígenas
Tlahui-Politic 10 II/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Chile, a 10 de Octubre, 2000. Chl - Piden por la aplicación del Convenio 169 de la
OIT relacionado con los derechos de los pueblos originarios.
Equipo Nizkor. Derechos Human Rights. Serpaj Europa.
Información.
DECLARACIÓN EN CONTRA DE LA DISCRIMINACIÓN DE LOS INDÍGENAS Y A FAVOR DEL
RECONOCIMIENTO COMO LEY INTERNA DEL CONVENIO 169 DE LA OIT.
DECLARACIÓN PÚBLICA
1. Los pueblos indígenas de Chile, actualmente, vivimos una situación de
discriminación generalizada que hiere la dignidad de todos los pueblos
indígenas, niega y/o deforma la historia del país, niega, restringe y limita
derechos humanos y libertades fundamentales e impide la participación, en
condiciones de igualdad, en la permanente construcción de la democracia;
2. Con alarma, preocupación y vergüenza hemos asistido, estos últimos días, a
los avatares jurídicos y a la expresión de la banca rota intelectual en la
elaboración de una política nacional indígena donde las autoridades
gubernamentales retoman la añeja y fracasada política integracionista;
3. Vemos, con mucha congoja, la reforzada continuidad de la política
discriminatoria que, históricamente, ha desposeído a las comunidades indígenas
de tierras agrícolas, bosques naturales y lugares ceremoniales en beneficio,
exclusivo, de empresas forestales, agrícolas, industriales o mineras lo que ha
provocado hambre, miseria y migración y, además, ha destruido ecosistemas únicos
y diversidad biológica;
4. Todo indica que las autoridades gubernamentales aún no han comprendido que la
dignidad de los pueblos indígenas de Chile no está para la venta. Cualquier
plan, proyecto, programa o promesa que únicamente contemple migajas de tierras,
algunas moneditas y/o condicionadas subvenciones en materias de salud o
educación sólo perpetúa el integracionismo, el paternalismo y, en definitiva,
la discriminación;
5. Programas electorales y discursos de ministros, embajadores y expertos han
prometido la ratificación del Convenio No. 169 de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en los Países
Independientes, pero, en la práctica, hemos constatado y leído interpretaciones
de personeros gubernamentales que degeneran y contradicen la filosofía, el
espíritu y la letra del mencionado instrumento para perpetuar la discriminación
y sus expresiones más evidentes que son el integracionismo y el paternalismo;
6. Hemos leído, recientemente, las antojadizas, discriminatorias y peyorativas
afirmaciones contenidas en una presentación hecha, ante el Tribunal
Constitucional, por un grupo de parlamentarios a propósito del Convenio No. 169;
hemos visto también una tímida, controvertida,
contradictoria y paternalista argumentación gubernamental a propósito de dicho
instrumento; y, hemos analizado el alambicado e indiscernible dictamen del
mencionado tribunal. Los tres documentos anteriormente mencionados coinciden en
afirmar (con distintos bemoles) que los pueblos indígenas de Chile no tienen
derecho a mantener, recrear, proyectar y transmitir a las generaciones futuras
el conjunto de sus patrimonios culturales y tampoco tienen derecho a recuperar,
poseer, controlar y administrar sus tierras y territorios ancestrales;
7. Actualmente, las autoridades gubernamentales pretenden olvidar sus promesas y
discursos porque, en la práctica, niegan la necesidad de la ratificación del
Convenio No. 169 y la reemplazan por una supuesta reforma constitucional que no
tiene en cuenta las reivindicaciones de los
pueblos indígenas y se divorcia de la filosofía, el espíritu y la letra del
mencionado instrumento de la OIT;
8. Para nosotros el Convenio No. 169 es un importante instrumento de derecho
internacional, de carácter general, específicamente elaborado para resolver los
principales problemas de los pueblos indígenas y tribales del mundo y que, una
vez ratificado, permitirá orientar y ordenar la discusión sobre los derechos,
particulares y específicos, de los pueblos indígenas de Chile.
9. Creemos que, hoy, el desafío para la sociedad chilena y las autoridades
gubernamentales es elaborar una política que contenga una dimensión filosófica
que rompa con la discriminación, cree amplios espacios de libertad y siente
bases sólidas para construir una sociedad, verdaderamente, democrática,
reconociendo constitucionalmente la existencia física y cultural, todos los
derechos y todas las contribuciones de todos los pueblos indígenas del país;
10. Dentro del contexto brevemente descrito en los párrafos precedentes es que
tendrá lugar en Santiago, del 25 al 27 de octubre de 2000, un "Seminario de
expertos de las Naciones Unidas sobre medidas económicas, sociales y legales
para combatir el racismo con particular énfasis en los grupos vulnerables " para
el cual las autoridades gubernamentales chilenas han anunciado que pretenden
proyectar internacionalmente su política engañosa, paternalista, integracionista
y discriminatoria a propósito de los pueblos indígenas. Nosotros pensamos que
las autoridades gubernamentales chilenas no tienen autoridad moral para ser
dignos anfitriones de un seminario internacional donde uno de los temas
principales será la discriminación;
11. Por todo lo anterior, hacemos un urgente llamado a todos los sectores de la
sociedad chilena solidarios con las luchas de los pueblos indígenas , en
particular, a los trabajadores, pobladores, estudiantes y a las organizaciones
ecologistas y de defensa de los derechos humanos a apoyarnos para obtener la
ratificación del Convenio No. 169 y a oponerse a la continuidad de la
discriminación expresada en las políticas integracionistas y en la negación de
la existencia jurídica, física y cultural de los pueblos indígenas de Chile.
Marcelo Calfuquir; Adan Alonso Millabur; Carlos Blanco Llancaman y Juan Barra
Comisión Nacional Provisoria por la libre determinación de los Pueblos Indígenas
de Chile y la ratificación del Convenio N°169 de la OIT.
Purén, 30 de septiembre de 2000
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