Militares y paramilitares agravan la situación en el Sur de Bolívar

Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Colombia, a 21 de Julio, 2000. Col - La situación en el Sur de Bolívar se agrava ante la actuación conjunta de militares y paramilitares. Equipo Nizkor, miembro del Serpaj Europa, Derechos Human Rights (USA) y del GILC (Global Internet Liberty Campaign). Solidaridad Urgente.

EN EL SUR DEL BOLÍVAR ACTÚAN CONJUNTAMENTE FUERZAS PARAMILITARES Y EL BATALLÓN NARIÑO DEL EJÉRCITO Y CONTROLAN LA PRODUCCIÓN DE PASTA BÁSICA DE COCA.

La Corporación CLEBER denuncia ante la comunidad nacional e internacional las graves violaciones a los derechos humanos de que son víctimas los pobladores del sur de Bolívar.

Los hechos que a continuación relatamos han sido informados por los pobladores afectados y autoridades civiles de los municipios de Barranco de Loba, San Martín de Loba y Río Viejo. Estos hechos hacen parte de una arremetida paramilitar en la región iniciada el 26 de mayo del presente año, que también afectó a la parte alta de La Cuchilla, los corregimientos de Micoahumado (municipio de Morales) y San Pedro Frío (Santa Rosa del Sur); poblados que hacen parte de la Serrranía de San Lucas.

HECHOS:

Un grupo de aproximadamente 250 hombres fuertemente armados y vestidos de camuflado, llegaron en varias chalupas al corregimiento de La Pacha, municipio de Altos del Rosario, región del sur de Bolívar; el día 26 de mayo de 2000. Allí reunieron a los pobladores y les dijeron que llegaban para quedarse, que no iban a hacer masacres, que lo que querían era que la gente trabajara.

Continuaron avanzando vía terrestre, pasaron la montaña por el sitio conocido como Morro Rico y el día 28 de Mayo llegaron al corregimiento Pueblito Mejía, jurisdicción del municipio de Barranco de Loba; poblado de alrededor de 350 viviendas y milquinientos (1.500) habitantes.

Llegaron por varios puntos disparando bombas y ráfagas de tiros, en esta primera incursión hirieron a SONIA (habitante del corregimiento) con un tiro en el brazo. Los pobladores del corregimiento, acosados por el temor que los paramilitares les han causado desde la incursión realizada por estos mismos grupos el seis de noviembre de 1998, donde quemaron varios poblados (710 viviendas) y asesinaron alrededor de 70 personas; huyeron del pueblo hacia las zona montañosa y las fincas cercanas, encontrando los paramilitares solo vientidos personas a las que tuvieron secuestradas por doce días encerrados en la escuela y el colegio de la población.

El día 9 de junio (el doceavo día del secuestro masivo), enviaron al joven DAVINSON URIETA MARTÍNEZ (que hacía parte del grupo de secuestrados) con la tarea de buscar la gente que había huido hacia las montañas y convencerlos de regresar al poblado; que si no lo lograba y no regresaba matarían a su hermano JONAS URIETA MARTÍNEZ(también secuestrado). DAVINSON se asustó y huyó lo que ocasionó que su hermano fuera asesinado. El mismo día también asesinaron a SANTANDER N., comerciante y poblador de Pueblito Mejía, que hacía parte de los secuestrados.

Días después, los paramilitares fueron a las fincas de los alrededores y obligaron a la gente a regresar al pueblo diciéndoles que lo que querían era hablar con ellos, que no les iban a hacer nada y que iban a repartir comida, ante lo cual, una parte de la gente (en su mayoría mujeres, niños y ancianos) acosada por el hambre optó por regresar al poblado.

Después de este hecho los paramilitares permitieron a algunas personas que fueran por comida a la cabecera municipal de Barranco de Loba (sur de Bolívar), para poder desplazarse era necesario portar un salvoconducto en el que debían consignar datos personales como el número de la cédula, familiares en el pueblo, tiempo de duración de su ausencia de la población (no mas de un día), y actividad que iría a realizar. Este salvoconducto debía ser presentado ante el comandante del ejército: un sargento apodado el Oso que está al mando de una compañía especial del Batallón Nariño, adscrito a la segunda brigada con sede de mando En Barranquilla, Capital del departamento del Atlántico en la costa norte de Colombia. Al regresar a Pueblito Mejía debían reportarse nuevamente ante los paramilitares y presentar el salvoconducto. Todas estas personas eran inscritas en una planillas. En la actualidad para poder ingresar a la región es necesario que las personas se presenten, en Barranco de Loba, ante el sargento del ejército quien después de coordinar con los paramilitares permite o niega el ingreso al sector rural del municipio.

En Pueblito Mejía retuvieron al señor ROGER SAMPAYO, que venía del corregimiento La Pacha (Altos del Rosario), lo asesinaron y lo mandaron a enterrar en el cementerio del pueblo, después subieron a la vereda Canta Gallo y se hicieron pasar por guerrilleros, mandaron a un poblador traer gallinas, el señor les obedeció y cuando regresó lo asesinaron delante de sus 4 hijos, acusándolo de colaborador de la guerrilla.

Los paramilitares teniendo como base Pueblito Mejía, al mando de alias "ROBERT", instalados en la vivienda de Carlos Mejía, persona que se encuentra desplazada, incursionaron en diferentes caseríos cercanos de la región donde han torturado y asesinado a muchas personas y ocasionado el desplazamiento de otras.

El 2 de junio, un grupo de paramilitares arribó a la Vereda Pueblo Nuevo Mejía, jurisdicción del corregimiento Papayal, Municipio San Martín de Loba, quemaron las viviendas de los hermanos OMAR Y EDUAR LARIOS FERNÁNDEZ, y un establecimiento comercial del que generaban el sustento para sus familias. Preguntaron por ellos y al no encontrarlos se dirigieron a la casa de la señora ANA GALÁN DE VILLALOBOS, madre de ANIDIS VILLALOBOS GALÁN, esposa de OMAR LARIOS; sacaron a las dos mujeres y al hijo de ANIDIS y OMAR (YASER, menor de cuatro años de edad) y contra su voluntad se los llevaron para la base de Pueblito Mejía. Ese mismo día dejaron en libertad a la señora ANA y hasta el día de hoy mantienen secuestrados al niño YASER y a su madre ANIDIS, a quienes han sometido a tratos crueles y degradantes.

JONÁS URIETA MARTÍNEZ, de 26 años de edad, agricultor, nativo de la región, contra su voluntad fue sacado de su finca ubicada en el corregimiento Mina Azul (municipio Río Viejo) y luego asesinado.

El 10 de junio, en Mina Azul, fue asesinado KENEDY MARTÍNEZ, de 30 años de edad, minero poblador de la región.

El 16 de junio en Mina Azul, fue sacado de su finca contra su voluntad el señor CARLOS CAICEDO GUERRERO (32 años de edad, agricultor) y obligado, junto a su hermano DEMETRIO CAICEDO, a trasladar 18 reces de su propiedad a Pueblito Mejía. En el camino se encontraron con el señor DANIEL, vecino de la región, a quien también obligaron a acompañarlos. A la mitad del camino, frente a la finca de los hermanos AMADO Y EUCARIO BERMUDEZ obligaron a DANIEL y DEMETRIO a devolverse diciéndoles que CARLOS se iba con ellos porque tenían unas cuentas pendientes, al rato escucharon disparos con los que fue asesinado CARLOS CAICEDO. Después se supo que obligaron a AMADO y EUCARIO a enterrarlo a orillas de la carretera, lugar donde aún se encuentra su cadáver.

El 21 de junio un grupo de paramilitares incursionó nuevamente en el corregimiento Mina Azul, quemaron 3 viviendas y una finca: una vivienda y la finca de propiedad de DIOFANOR ZAYAS SANABRIA, la vivienda de MARINA MENESES, profesora del lugar y la casa comunal que estaba habitada por FRAY ARROYO.

El 24 de junio, el señor MANUEL BOHORQUEZ, de 32 años, conductor, afiliado a la empresa VIASUR (Empresa Vial del Municipio Barranco de Loba). fue contratado por el señor ARMENTA para que le hiciera un viaje a Pueblito Mejía. En el camino, en la vereda la Soledad, se encontraron con un retén paramilitar, quienes amenazaron a MANUEL, diciéndole que no querían verlo en la zona y luego los dejaron continuar. De regreso, lo bajaron de la moto, lo torturaron dándole machetazos en diferentes partes del cuerpo y lo asesinaron. Este mismo día fue asesinado el señor ELADIO PEREZ, de 35 años, quien se desempeñaba como arriero y minero, además de ser un destacado líder comunitario. Lo sacaron de su finca y lo asesinaron en la carretera por "no haber asistido a una reunión convocada por los paramilitares". Al mismo tiempo otro grupo de paramilitares llegó a la vivienda del señor TRINO, ubicada cerca de la vereda Canabate, lo sacaron de su casa y se lo llevaron contra su voluntad. Hasta el día de hoy no ha aparecido.

Los familiares fueron a recoger los cadáveres (de MANUEL y ELADIO) en la ambulancia del hospital de la cabecera municipal de BARRANCO DE LOBA, ésta llevaba unas banderas blancas. En el camino fue parada por los paramilitares quienes los acusaron de ser sapos de la guerrilla, después de confirmar que era la ambulancia del pueblo los dejaron pasar y profirieron amenazas de muerte contra la Cruz Roja Internacional: "que ahí los estaban esperando para cobrarles unas cuentas por sapos". Dejaron que recogieran los dos cadáveres que fueron enterrados en la cabecera municipal de Barranco de Loba. Durante el entierro el sargento del Ejército (fuerzas especiales del Batallón Nariño) apodado "El Oso", dijo públicamente que él no iba a permitir mas esa vaina de estar enterrando estos muertos en el pueblo, porque eso los perjudicaba a ellos, que ellos verían (los paramilitares y los familiares) donde iban a enterrar los muertos.

El 26 de junio en la vereda La Rayita fue asesinado el señor ROLDAN, poblador del municipio, de oficio domador de caballos.

El 28 de junio, a la entrada del corregimiento Mina Azul (Río Viejo), fueron hallados dos cadáveres comidos por los animales, todavía se encuentran en ese sitio y se desconoce su identidad por el estado de los cuerpos. Además de este hecho, se reportaron 4 desaparecidos, jóvenes jornaleros de la región que fueron sacados de una finca ubicada en la vereda Morro Rico, a veinte minutos de Pueblito Mejía. Algunos pobladores manifiestan que fueron asesinados y están enterrados en la vereda la Mocha (Barranco de Loba).

Los paramilitares tienen total control en el cultivo de la coca, han impuesto el precio $1'800.000, oo (un millón ochocientos pesos M/cte.) por kilo de pasta básica que antes estaba a $2'500.000, oo (dos millones quinientos mil pesos M/cte). A los recolectores o raspachines $3.500, oo (tresmil quinientos pesos M/cte) por arroba de hoja recogida, antes estaba a $6.000, oo (seismil pesos M/cte); además tienen el control de la venta de los insumos y la comercialización de la coca, para lo cual un helicóptero blanco con azul recoge cada quince días la base de coca. Estas normas son de obligatorio cumplimiento bajo pena de muerte. Anteriormente el impuesto tenían que pagárselo al comandante del ejército de Barranco de Loba, consistente en $20.000, oo (veintemil pesos M/cte) por cada tambor de gasolina que entraba a la región.

Los paramilitares, para este negocio, se han asociado con los comerciantes de la región, entre ellos LUIS KENEDY y JUAN SALAZAR a quienes escoltan en sus recorridos y cuidan de sus cultivos, uno ubicado en una loma a 45 minutos, a pie, de Mina Azul; allí los paramilitares tienen un puesto móvil que les permite patrullar permanentemente a Mina Azul. Por otro lado están promoviendo el cultivo de la coca ofreciendo a los campesinos préstamos para este fin, es decir que si una persona tiene para cultivar una hectárea, ellos le prestan para que cultive otra. Les dicen que hay que aprovechar el tiempo ya que más adelante el gobierno va a fumigar la zona, pero que no se deben preocupar por ello porque después viene un mejor negocio: el oro.

En toda la región la educación, la salud, y todos los servicios básicos están suspendidos, las personerías están paralizadas por el miedo y no asumen ninguna acción de protección a los pobladores.

Los pobladores de la cabecera municipal de Barranco de Loba aseguran que cada vez que se va la luz, entran los paramilitares al poblado, situación que ocurre con mucha frecuencia.

El ejército (fuerzas especiales del batallón Nariño) se encuentra acampado en las instalaciones del acueducto municipal de Barrando de Loba y en el mismo lugar "atiende" el jefe paramilitar que se identifican como CESAR, que también toma decisiones sobre diversas actividades de la población.

Entre la carretera que va de Barranco de Loba a Pueblito Mejía hay una hora y cuarenta minutos de trayecto, en su recorrido se encuentran cuatro retenes permanentes de los paramilitares: el primero a 10 minutos en El Bejuco, el segundo a 25 minutos en Pabola, el tercero a una hora en Soledad y el cuarto a una hora y media en Canabate. Según testimonios de pobladores de la región, el 29 de junio hubo cambio del personal que se encontraba en el primer retén con el ejército que se encontraba acantonado en Barranco de Loba.

AMENAZA DE MASACRE:

Los militares han estado diciendo por el pueblo que para el día 30 de julio van ha salir de BARRANCO DE LOBA para que entren los paramilitares y hagan una purga porque hay muchos desplazados en esta población.

PETICIONES

Ante la gravedad de los hechos anteriores, solicitamos a las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos nacionales e internacionales, a los organismos de las Naciones Unidas y a la comunidad para:

1. Que el gobierno Nacional en cabeza del Presidente de la República, y como máximo jefe de las Fuerzas Militares, tome las medidas necesarias para proteger la vida y la integridad de los pobladores del Sur de Bolívar y ordene de inmediato a la Fuerza Pública, la neutralización de la acción de los grupos paramilitares.

2. Que los Organismos de Investigación y Control del Estado Colombiano inicien las investigaciones y acciones necesarias para el pleno esclarecimiento de estos hechos y precise las responsabilidades de los funcionarios públicos civiles y militares comprometidos con estos hechos, tanto por acción como por omisión.

3. Que el Fiscal General de la Nación delegue en la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, la investigación sobre estos delitos y otros cometidos permanentemente por los grupos paramilitares en el sur de Bolívar.

Santafé de Bogotá. 10 de julio de 2000.
CORPORACIÓN CLEBER

FUNDAMENTACIÓN DEL EQUIPO NIZKOR

Los paramilitares están efectuando un exterminio planificado de población civil.

1) Según el Estatuto del Tribunal Internacional de Nuremberg y las sentencias posteriores reafirmadas por el Tribunal ad doc de la Ex Yugoslavia en julio de 1999 en el caso TADIC, la responsabilidad de los comandantes militares y dirigentes civiles que controlan la zona donde actuaron los paramilitares son responsables de no impedir la actuación de los paramilitares con las mismas responsabilidades penales individuales que si hubieran dirigido las operaciones en la zona de su comando.

Los comandantes de la zonas militares que son responsables en la cadena de mando de la que dependen los batallones y los jefes de los batallones son responsables de no impedir la actuación de las organizaciones criminales que componen los grupos paramilitares, no es suficiente las alegaciones de subordinación territorial ante la comisión de delitos de esta naturaleza. Estas responsabilidades deben ser depuradas ante un tribunal bajo el criterio de que "no sólo deben saber, sino que están obligados a saber" lo que ocurre en sus zonas de comando, como ha reafirmado en sentencia de 3 de marzo de 1999, en el caso TIHOMIR BLASKIC, el Tribunal Penal Internacional de la Ex Yugoslavia. En este caso el Batallón Nariño, adscrito a la segunda brigada con sede de mando en Barranquilla, capital del departamento del Atlántico en la costa norte de Colombia.

2) La actuación de los paramilitares en Colombia recoge un patrón de instrumentación de operaciones militares encubiertas que hacen responsables a los cuerpos militares y al estado mayor del ejército de Colombia de crímenes de guerra, secuestros, desapariciones forzosas y demás delitos constituidos en la figura de crímenes graves contra la humanidad. Estos delitos ni prescriben, ni son amnistiables tal cual ha dictaminado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en los informes que afectan al Batallón Atlacatl en El Salvador. Lo mismo ocurriría si sus responsabilidades fueran depuradas con los parámetros utilizados por los Tribunales Penales Internacionales y la doctrina actual sobre el Derecho Internacional Humanitario.

3) Los paramilitares deben saber que según los convenios de Ginebra los mercenarios no tendrán derecho al estatuto de combatiente o de prisionero de guerra y que además serán juzgados por ser integrantes de una organización.

4) Es evidente que se están utilizando forma de exterminio de población civil que siguen perfiles de modelos de análisis y control social con la utilización de técnicas de simulación por ordenador que determinan las listas de personas que son "nodos" de activismo civil político, social y cultural y que son: a) son fijadas como blanco; b) son amenazadas como forma de determinación del blanco a las unidades paramilitares; c) son despejadas las áreas geográficas de actuación paramilitar en zonas rurales o fijadas zonas de cobertura de seguridad en zonas urbanas; d) son otorgadas facilidades de comunicaciones y coordinación y finalmente se determina el momento de la ejecución.

Estos hechos son constitutivos de la figura de organización criminal y planificación sistemática de exterminación de población civil. Según la Comisión Colombiana de Juristas, durante 998 de un total de 1656 incidentes registrados el 81, 8 por ciento fueron cometidos por paramilitares y por las fuerzas de seguridad del estado. Entre 1994 y 1998 las violaciones graves de paramilitares y militares se han más que doblado.

5) El exterminio es un crimen contra la humanidad, y por lo tanto punible bajo el Derecho Internacional. El exterminio es reconocido como crimen contra la humanidad en el artículo 6(c) del Estatuto de Nuremberg; artículo II(1) (c) de la Ley Núm. 10 del Consejo Aliado de Control, órgano supremo de los aliados en Alemania, ocupada después de la II G.M.; artículo 5(c) del Estatuto de Tokio y Principio IV(c) de los Principios de Nuremberg. Se incluyó también en los estatutos de los tribunales penales internacionales para la Antigua Yugoslavia (artículo 5) y Ruanda (artículo 3), así como en el Proyecto de Código de Crímenes contra la Paz y la Seguridad de la Humanidad [1954: artículo 2, párr. 11 y 1996: artículo 18(b)].

6) Tomamos nota y apoyamos en todos sus términos, la Declaración Pública del Comité Permanente de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional del Parlamento Canadiense de 16oct99 que dice expresamente "Hace un llamado al Gobierno de Colombia a intensificar tanto la investigación de la masacre de Barrancabermeja como también todas las actividades orientadas a reducir y prevenir la violencia, la violación de los derechos humanos en el país y a que ponga fin a la impunidad especialmente respecto a los crímenes de lesa Humanidad".

En concordancia con esta Declaración solicitamos a otros gobiernos que adopten similares posturas y que revisen las relaciones diplomáticas y económicas con el gobierno Colombiano que ha demostrado ser insensible a sus obligaciones frente al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario, para ello creemos se debe utilizar como cláusula de condicionalidad el cumplimiento irrestricto de la doctrina emergente de los dictámenes e informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos cuyo incumplimiento por parte del estado colombiano es evidente.

From: Editor Equipo Nizkor nizkor@teleline.es
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