Detenido desaparecido un dirigente del PRD en el estado de Guerrero

Tlahui-Politic 9 I/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. México, a 24 de Abril, 2000. Mex - Detenido desaparecido un dirigente del PRD en el estado de Guerrero. Equipo Nizkor, Derechos Human Rights, Serpaj Europa, Solidaridad Urgente, 23abr00

DENUNCIAN COMO DETENIDO DESAPARECIDO A UN DIRIGENTE DEL PRD EN EL ESTADO DE GUERRERO.

La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, solicita su intervención inmediata ante la DESAPARICIÓN FORZADA DEL SEÑOR DAVID MOLINA FRANCISCO, DIRIGENTE DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (PRD). De acuerdo a nota periodística, en la calzada Pie de la Cuesta, Acapulco, Guerrero, a las 15:00 horas del 19 de abril de 2000, el señor David MOLINA FRANCISCO quien iba en compañía de su hijo David Molina Gallegos de 10 años de edad, fue detenido de manera violenta por alrededor de veinte individuos vestidos de negro, el rostro cubierto con pasamontañas y portando rifles de alto poder AK-47, quienes viajaban en dos camionetas Suburbans de color negro y un vehículo Tsuru de color rojo.

Según refiere el menor de edad, dos sujetos bajaron a David Molina de su camioneta pick up, uno lo tomo por atrás inmovilizándolo y uno mas lo golpeo en la cabeza y lo arrojo al suelo a un lado de la camioneta. Otros cuatro hombres lo sujetaron y lo golpearon en la cabeza abriéndole una herida; luego lo subieron a una de las Suburban y se lo llevaron rumbo al centro de la ciudad. Familiares de Molina Francisco se presentaron en la Agencia Central del Ministerio Publico, donde negaron cualquier detención.

CONTEXTO:

David MOLINA FRANCISCO es suplente del diputado local Juan GARCÍA COSTILLA y ex presidente del Consejo Estatal del PRD y ex precandidato a diputado federal por el distrito 10. Recordamos que Juan GARCÍA COSTILLA y su hijo Amilcar GARCÍA ESTRADA fueron detenidos de manera arbitraria y totalmente irregular el 11 de octubre de 1999, al pretender vincularlos con el atentado que sufrieran el pasado 3 de octubre el perredista Marco Antonio LÓPEZ GARCÍA y su hijo Marco Antonio LÓPEZ HERNÁNDEZ, mismo quien perdiera la vida. Por estos hechos también fueron objeto de Desaparición forzada transitoria y tortura el señor Ángel Guillermo MARTÍNEZ y su esposa Virginia MONTES, quienes actualmente enfrentan un proceso penal en su contra.

Es de particular importancia señalar que los hechos ocurren precisamente un día después del informe anual del gobernador del estado, en el cual el diputado Octaviano Santiago Dionicio -de la misma corriente política que David Molina Francisco- dijo ante el gobernador Rene JUÁREZ CISNEROS que en Guerrero "el caciquismo de Rubén Figueroa (exgobernador del estado) se ha colocado por encima del Estado de derecho". Rene Lobato, presidente estatal perredista expreso su preocupación por la persecución en contra de dirigentes del Comité Ejecutivo Estatal del PRD: Adolfo Plancarte JIMÉNEZ, Alberto RAMÍREZ Suárez, Guadalupe Eguiluz Bautista; así como del dirigente de la Organización de Pueblos y Colonias de Guerrero (OPCG); Pedro Nava Castrejón; la consejera nacional, Minerva RAMÍREZ Reyes; y los militantes, Esteban Miranda Castrejón y Felix Cruz.

Resulta preocupante el clima de violencia e impunidad que se vive en Guerrero, ya que en los últimos 6 meses tan solo en los archivos de la Limeddh contamos con 6 casos de desapariciones forzadas, 2 de ellas de manera permanente. Recordamos que la Desaparición forzada permanente es una practica de lesa humanidad, que en México, se ha incrementado alcanzando cifras preocupantes; siendo mas de mil personas, de 1970 a la fecha, las que de acuerdo a informes de ONG defensoras de derechos humanos especialistas en el tema han sido objeto de tal practica. Tal situación requiere que, de manera impostergable se tipifique el delito de Desaparición forzada de personas en nuestro país, así como la firma y ratificación de todos los tratados internacionales que protegen a todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Señalamos que en casos de Desaparición forzada, las autoridades de México violan derechos inalienables de la persona como son: el derecho a no ser detenido sin orden judicial correspondiente y privado de la libertad; al reconocimiento en todas partes a su personalidad jurídica; a ser oído en plena igualdad públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial; a no ser detenido mediante ordenamiento judicial en recintos ex profeso; Al respeto a la integridad física, psicológica y moral de la persona; a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes, para obligarlo a declarar en contra propia y el derecho a la vida al ser sometido a la pena de muerte, de facto, en algunos casos. Derechos garantizados, entre otros por los artículos: 14, 16, 18,19,20, 21 y 22 de la Constitución Mexicana; 3, 5, 8, 9, 10, 11 y 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 3,5,7, 8, 9, 10, 22 y 25 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; I, VIII, XVIII, XXV y XXVI de la Declaración Americana de los Derechos Humanos; 2, 7, 9, 10, 11, 14, 12, 13, 14 y 15 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y POLÍTICOS, violando asimismo la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, aprobada por la OEA el 8 de junio de 1994.

Email: limeddh@laneta.apc.org
From: Editor Equipo Nizkor nizkor@teleline.es
Más información - Further information - Plus d'information