Tlahui-Politic. No. 7, I/1999


La investigación del juez Bagnasco deberá ser confirmada por la Cámara Federal

Información enviada al Director de Tlahui. Argentina a 10 de Febrero, 1999. Arg - El juicio por robo de niños tendrá su punto crítico en el mes de marzo. La continuidad de la investigación del juez Bagnasco deberá ser confirmada por la Cámara Federal.

Prueba de fuego para la causa por el robo de bebés La Cámara Federal debe decidir en marzo si el delito ya prescribió, también, si se trata de "cosa juzgada" Por SILVANA BOSCHI De la Redacción de Clarín La causa abierta ante la Justicia por el robo de bebés durante la dictadura, que investiga el juez federal Adolfo Bagnasco, deberá enfrentar en los primeros días de marzo una prueba de fuego. La sala I de la Cámara Federal debe resolver si acepta o no los argumentos de "cosa juzgada" y prescripción, planteados por los abogados de los ocho militares que se encuentran detenidos.

La decisión tiene como telón de fondo una polémica: si es posible juzgar a los autores de la sustracción de más de doscientos menores, hijos de desaparecidos, cuando ya pasaron más de 20 años desde que ocurrieron esos hechos; además, teniendo en cuenta que en el juicio a las juntas, realizado en 1985, no se encontraron elementos suficientes para sumar el robo de bebés a la larga lista de delitos cometidos por los ex dictadores, luego indultados.

Cuando a fines de enero el juez Adolfo Bagnasco procesó y dictó la prisión preventiva de siete militares, elaboró una extensa resolución, contraria a los argumentos de prescripción y cosa juzgada. La tesis de Bagnasco, apoyada por los organismos de derechos humanos, es que el robo de bebés nunca fue investigado como parte de un plan sistemático y que ese delito no prescribió, ya que se sigue cometiendo en tanto los chicos no fueron restituidos a sus familias.

De los 32 imputados en la investigación, hasta ahora fueron procesados y detenidos el ex presidente Reynaldo Bignone, los ex jefes de la Armada Emilio Massera y Rubén Franco, el ex titular del Ejército Cristino Nicolaides, los marinos Antonio Vañek y Jorge "Tigre" Acosta, y el prefecto Héctor Febres. Excepto los dos últimos, todos cumplen arresto domiciliario.

A ellos se suma el caso de Videla, que ya había sido procesado por el juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich. Su caso ahora también lo tiene Bagnasco.

Los principales argumentos en que Bagnasco fundamentó su resolución son éstos: El plan criminal que se investiga constituyó una práctica sistemática que permitió la sustracción, el ocultamiento y la retención de menores.

La Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas, que fue ratificada por el estado argentino, establece que "el delito de desaparición forzada de personas debe ser considerado como un delito permanente o continuo mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima". Y "la acción penal derivada de la desaparición forzada de personas, y la pena que se imponga al responsable no estarán sujetas a prescripción".

"La sustracción, retención y ocultación de menores resulta ser un tipo especial de privación ilegal de la libertad. Si a ello le sumamos la omisión de informar acerca del paradero de estos menores, nos encontramos frente a la desaparición forzada de personas a la que hace referencia la citada convención", de la OEA.

Sobre la responsabilidad de Franco, Nicolaides y Bignone, procesados como coautores mediatos de esos hechos, el juez aseguró que a través de la autoamnistía dictada por la última junta militar "se pretendió revertir de legalidad todo el accionar desplegado por las Fuerzas Armadas, justificando y proporcionando la llamada garantía de impunidad, inherente a la esencia del plan criminal".

Como era de esperar, la categórica resolución de Bagnasco provocó la respuesta unánime de los abogados defensores de todos los procesados, quienes ya habían esgrimido ante la Cámara los argumentos de prescripción y cosa juzgada. Lo hicieron después que todos estos militares fueron detenidos, tras ser indagados.

Para la defensa de Massera, por ejemplo, el ex dictador no puede ser juzgado porque la condena a cadena perpetua que recibió en el juicio a las juntas impide un nuevo proceso. Además considera, que en todo caso, debería intervenir el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

La polémica sobre el tema, desata cuando se produjo el arresto de Videla, provocó voces a favor y en contra. Todos los organismos de derechos humanos apoyan la postura esgrimida por Bagnasco en su resolución.

Pero el argumento de cosa juzgada también tiene sus defensores. Se anotan en esta posición el ex fiscal adjunto del juicio a las juntas, Luis Moreno Ocampo, la fiscal de San Isidro, Rita Molina, y el titular de la Comisión Experimental de Fiscales para Delitos Complejos, Luis Cevasco.

Para el ex fiscal Julio Strassera, en cambio, "ahora hay elementos para probar la existencia de un plan sistemático". La última palabra, la tiene la Cámara Federal. [FUENTE: Diario Clarín, Buenos Aires, domingo 07 de febrero de 1999].

From: Editor Equipo Nizkor nizkor@teleline.es
Más información - Further information - Plus d'information