Tlahui-Politic. No. 7, I/1999
La investigación del juez Bagnasco deberá ser
confirmada por la Cámara Federal
Información enviada al Director de Tlahui. Argentina a 10 de Febrero, 1999.
Arg - El juicio por robo de niños tendrá su punto crítico en el mes de marzo.
La continuidad de la investigación del juez Bagnasco deberá ser
confirmada por la Cámara Federal.
Prueba de fuego para la causa por el robo de bebés
La Cámara Federal debe decidir en marzo si el delito ya prescribió, también, si se trata de "cosa juzgada"
Por SILVANA BOSCHI De la Redacción de Clarín
La causa abierta ante la Justicia por el robo de bebés durante la
dictadura, que investiga el juez federal Adolfo Bagnasco, deberá
enfrentar en los primeros días de marzo una prueba de fuego. La sala
I de la Cámara Federal debe resolver si acepta o no los argumentos de
"cosa juzgada" y prescripción, planteados por los abogados de los
ocho militares que se encuentran detenidos.
La decisión tiene como telón de fondo una polémica: si es posible
juzgar a los autores de la sustracción de más de doscientos menores,
hijos de desaparecidos, cuando ya pasaron más de 20 años desde que
ocurrieron esos hechos; además, teniendo en cuenta que en el juicio a
las juntas, realizado en 1985, no se encontraron elementos
suficientes para sumar el robo de bebés a la larga lista de delitos
cometidos por los ex dictadores, luego indultados.
Cuando a fines de enero el juez Adolfo Bagnasco procesó y dictó la
prisión preventiva de siete militares, elaboró una extensa
resolución, contraria a los argumentos de prescripción y cosa juzgada.
La tesis de Bagnasco, apoyada por los organismos de derechos humanos,
es que el robo de bebés nunca fue investigado como parte de un plan
sistemático y que ese delito no prescribió, ya que se sigue
cometiendo en tanto los chicos no fueron restituidos a sus familias.
De los 32 imputados en la investigación, hasta ahora fueron
procesados y detenidos el ex presidente Reynaldo Bignone, los ex
jefes de la Armada Emilio Massera y Rubén Franco, el ex titular del
Ejército Cristino Nicolaides, los marinos Antonio Vañek y Jorge
"Tigre" Acosta, y el prefecto Héctor Febres. Excepto los dos últimos,
todos cumplen arresto domiciliario.
A ellos se suma el caso de Videla, que ya había sido procesado por el
juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich. Su caso ahora también
lo tiene Bagnasco.
Los principales argumentos en que Bagnasco fundamentó su resolución
son éstos: El plan criminal que se investiga constituyó una práctica
sistemática que permitió la sustracción, el ocultamiento y la
retención de menores.
La Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de
Personas, que fue ratificada por el estado argentino, establece que
"el delito de desaparición forzada de personas debe ser considerado
como un delito permanente o continuo mientras no se establezca el
destino o paradero de la víctima". Y "la acción penal derivada de la
desaparición forzada de personas, y la pena que se imponga al
responsable no estarán sujetas a prescripción".
"La sustracción, retención y ocultación de menores resulta ser un
tipo especial de privación ilegal de la libertad. Si a ello le
sumamos la omisión de informar acerca del paradero de estos menores,
nos encontramos frente a la desaparición forzada de personas a la que
hace referencia la citada convención", de la OEA.
Sobre la responsabilidad de Franco, Nicolaides y Bignone, procesados
como coautores mediatos de esos hechos, el juez aseguró que a través
de la autoamnistía dictada por la última junta militar "se pretendió
revertir de legalidad todo el accionar desplegado por las Fuerzas
Armadas, justificando y proporcionando la llamada garantía de
impunidad, inherente a la esencia del plan criminal".
Como era de esperar, la categórica resolución de Bagnasco provocó la
respuesta unánime de los abogados defensores de todos los procesados,
quienes ya habían esgrimido ante la Cámara los argumentos de
prescripción y cosa juzgada. Lo hicieron después que todos estos
militares fueron detenidos, tras ser indagados.
Para la defensa de Massera, por ejemplo, el ex dictador no puede ser
juzgado porque la condena a cadena perpetua que recibió en el juicio
a las juntas impide un nuevo proceso. Además considera, que en todo
caso, debería intervenir el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
La polémica sobre el tema, desata cuando se produjo el arresto de
Videla, provocó voces a favor y en contra. Todos los organismos de
derechos humanos apoyan la postura esgrimida por Bagnasco en su
resolución.
Pero el argumento de cosa juzgada también tiene sus defensores. Se
anotan en esta posición el ex fiscal adjunto del juicio a las juntas,
Luis Moreno Ocampo, la fiscal de San Isidro, Rita Molina, y el titular
de la Comisión Experimental de Fiscales para Delitos Complejos, Luis
Cevasco.
Para el ex fiscal Julio Strassera, en cambio, "ahora hay elementos
para probar la existencia de un plan sistemático". La última
palabra, la tiene la Cámara Federal.
[FUENTE: Diario Clarín, Buenos Aires, domingo 07 de febrero de 1999].
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