Tlahui-Politic. No. 7, I/1999


Preocupación por la integridad de Ibrahim Mohamed Ibrahim, detenido en Al-Istinaf

Información enviada al Director de Tlahui. Egipto a 3 de Febrero, 1999. OMCT Caso EGY 010299/Egipto/Grave estado medico de un prisionero. EL Secretariado Internacional de la OMCT requiere de su intervención con carácter URGENTE en la siguiente situación en Egipto.

Breve Descripción de la SITUACIÓN

: La Organización Egipcia de Derechos Humanos (EOHR), miembro de la red de la OMCT, ha manifestado su profunda preocupación por la integridad física y psicológica del Señor IBRAHIM MOHAMED IBRAHIM, detenido en la prisión de Al-Istinaf. De acuerdo a la EOHR, el Señor Ibrahim Mohamed IBRAHIM cumple una condena de cuatro años en la prisión de Al-Istinaf. Allí contrajo la tuberculosis y presenta gangrena en la mandíbula inferior con heridas purulentas que le producen una fiebre constante.

Es importante destacar que el EOHR recibió una queja de la familia del Señor Ibrahim Mohamend IBRAHIM según la cual durante su arresto ocuurido el día 6 de febrero de 1995, el Señor IBRAHIM recibió un balazo en la mandíbula y, de acuerdo con los informes médicos, la bala no le fue removida lo que le ha causado la gangrena y las heridas que ahora presenta. Posteriormente contrajo la tuberculosis dentro de la prisión.

El Secretariado Internacional de la OMCT se une a la preocupación de la EOHR por la vida del detenido y hace énfasis en la urgente necesidad de proporcionarle la inmediata y apropiada atención médica que se le ha negado.

La negación de una apropiada atención médica contraviene las leyes nacionales, ya que el Artículo 36 de la Ley 396 de 1956 sobre prisiones determina que a todo convicto que haya contraído una enfermedad que, de acuerdo al médico de la prisión, ponga en riesgo su vida o lo incapacite totalmente debe ser referido al director del departamento médico de prisiones para ser revisado por él junto con el médico forense para considerar su liberación.

La situación del Señor Ibrahim Mohamed IBRAHIM contraviene Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos, adoptada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en 1977 que dictamina que: " Se dispondrá el traslado de los enfermos cuyo estado requiera cuidados especiales, a establecimientos penitenciarios especializados o a hospitales civiles.".

Las condiciones de detención en las prisiones de Egipto son denigrantes y el Secretariado Internacional de la OMCT ha hecho llamados constantes por el mejoramiento en las condiciones que ponen en riesgo a las personas.

Ginebra, 01 de febrero de 1999

From: Organización Mundial Contra la Tortura omct@omct.org
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