Tlahui-Politic. No. 7, I/1999


Se aprovecha el huracán Mitch para impedir los acuerdos de paz

Información enviada al Director de Tlahui. Guatemala a 24 de Enero, 1999. Gtm - Intentan bloquear la reforma constitucional que da cumplimiento a los acuerdos de paz. El proceso de paz está siendo obstaculizado por acciones "legales" promovidas por personas opuestas al mismo. Por este medio solicitamos apoyo de la Comunidad Internacional para que pueda darse continuidad al procedimiento de Consulta Popular establecido en las leyes guatemaltecas a fin de ratificar las Reformas Constitucionales.

El proceso de paz se inició con las negociaciones entre sucesivos gobiernos de Guatemala y la insurgencia, la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG). En el transcurso de la negociación se alcanzaron importantes acuerdos que culminaron con la firma de la paz 29 de diciembre de 1996. Dichos acuerdos contienen las bases sustantivas y fundamentales para la reconciliación de la sociedad guatemalteca en el marco de un Estado de Derecho, la convivencia democrática, una amplia participación social y la plena observancia y respeto de los Derechos Humanos. Además, los acuerdos contemplan mecanismos para operativizar y poder poner a andar el contenido de los acuerdos sustantivos.

Uno de los mecanismos previstos en los acuerdos de paz es el de ciertas Reformas que deberán hacerse a la Constitución Política de la República a fin de institucionalizar, sistematizar y desarrollar aspectos contenidos en los acuerdos. Las Reformas a la Constitución abarcan, principalmente, temas referentes a la identidad y derechos de los pueblos indígenas y a la caracterización de la nación guatemalteca como de unidad nacional, multiétnica, multilingüe y pluricultural; al fortalecimiento del poder civil y definición de las funciones del Ejército y la Policía en una sociedad democrática; y al fortalecimiento del sistema de justicia. Además, el Congreso agregó otros temas que, si bien no estaban explícitamente contemplados en los acuerdos, fueron considerados necesarios para mantener la consistencia y congruencia de los temas abarcados por los mismos.

Las Reformas a la Constitución fueron aprobadas por el Congreso de la República, después de prolongados debates, en octubre de 1998. Según la legislación guatemalteca vigente, el siguiente paso para poner en vigor dichas reformas, es la convocatoria de parte del Tribunal Supremo Electoral a una Consulta Popular que deberá ratificarlas.

Debido al Estado de calamidad pública decretado por el Congreso a raíz de los desastres causados por el huracán Mitch, la convocatoria a la Consulta Popular se pospuso. Un grupo de personas renuentes a cambios, que se denominan "Centro de Defensa de la Constitución" (Cedecon), aprovechó esa circunstancia para interponer una acción legal ante la Corte de Constitucionalidad consistente en "Recurso de Inconstitucionalidad Parcial" al mecanismo mediante el cual se formulará una sola pregunta para la ratificación o no ratificación de las Reformas Constitucionales.

La Corte de Constitucionalidad (CC) es un tribunal que actúa con independencia de los demás organismos de Estado y cuya función esencial es la defensa del orden constitucional.

Esta entidad, Cedecon, se vale de una argucia legal para lograr fines políticos. Es clara su intención de retardar el proceso de la Consulta Popular.

El recurso interpuesto fue aceptado para su estudio y posterior dictamen por la Corte. Esta deberá emitir su fallo al respecto dentro de los próximos quince días. Si la CC falla a favor del recurso de inconstitucionalidad, la consulta popular no podrá ser convocada, se postergarán indefinidamente las reformas constitucionales y se afectará seriamente el proceso de paz. Con ello también se pone en peligro la vigencia de los Derechos Humanos.

Por lo anterior, la CDHG se ha unido a una serie de acciones de presión a la CC que han sido programadas por la Asamblea de la Sociedad Civil y la ciudadanía en general. Una de estas acciones consiste en enviar comunicaciones (cartas, telegramas, faxes, comunicaciones por correo electrónico o llamadas telefónicas) a la Corte de Constitucionalidad a fin de que, a la mayor brevedad posible, dictamine en contra del recurso interpuesto por el Cedecon.

Por este medio rogamos a las organizaciones que siempre han brindado su solidaridad a la causa de los Derechos Humanos y la Paz en Guatemala unirse a nuestra petición, enviando prontamente una comunicación a la Corte de Constitucionalidad, con copia a la CDHG, y reproduciendo este comunicado a otras organizaciones para multiplicar la red de apoyo a la paz en Guatemala. Guatemala, 21 de enero de 1999

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