Tlahui-Politic. No. 7, I/1999
Tortura y arbitraria detención de Abas Aluwan, Rassam Muhamed Jarad y
Nadim Rajub Dahbara en Israel
Información enviada al Director de Tlahui. Israel a 9 de Abril, 1999. OMCT Caso ISR 090499/Israel/Detención arbitraria/Tortura.
El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención con
carácter URGENTE en la siguiente SITUACIÓN en Israel.
Breve Descripción de la SITUACIÓN
El Secretariado Internacional ha sido informado de la arbitraria detención
de tres personas, los Srs. Abas Aluwan, Rassam Muhamed Jarad y
Nadim Rajub Dahbara y la tortura del último en Israel.
De acuerdo con el Comité Público Contra la Tortura (PCATI), miembro de
la red de la OMCT, el 29 de marzo de 1999, a las 10:00 a.m, las fuerzas
Israelíes de Seguridad arrestaron a los Sres. Abas Aluwan, Rassam
Muhamed Jarad y Nadim Rajub Dahbara mientras estaban trabajando en
sus fincas. Ellos son propietarios de fincas en el municipio de Ein Yivrod,
cerca de Ramallah.
En el momento de su arresto, los tres estaban hablando mientras el Sr.
Dahbara podaba sus arboles con una podadera. Los agentes de
seguridad GSS acusaron al Sr. Dahbara de tener un arma. El les conesto
que estaba podando sus arboles y necesitaba una podadera. Los
agentes del GSS los acusaron entonces a todos de esconder armas y
procedieron a requisarlos. Cuando uno de los agentes encontro $1 000
en poder del Sr. Aluwan, el agente adujo que intentaba comprar armas.
Los tres hombres fueron conducidos a la Unidad de Interrogatorio del
GSS del "
Recinto Ruso
" en Jerusalem donde están detenidos desde
entonces.
De acuerdo con la información, desde el momento de su arresto hasta el 5
de abril ( en el caso del Sr. Aluwan) y el 6 de abril (en el caso de los Sres.
Jarad y Dahbara), se les nego acceso a sus abogados.
PCATI ha informado al Secretariado Internacional que el Sr. Dahbara, el
unico de los tres de quien las autoridades sospechan que cometio un
crimen de seguridad, al parecer sido objeto de tortura. En una
Declaración afirma que fue obligado a adoptar la posición shabeh y que
se le impidio dormir.
Observaciones
El Secretariado Internacional de la OMCT una vez mas recuerda que las
autoridades israelíes están obligadas a cumplir con las normas
internacionales que establecen las reglas sobre las condiciones de
detención, sobre la prohibicion de tortura y los derechos de los
detenidos, a saber, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
Articulo 7 (el cual establece la prohibicion de aplicar tortura), Articulo 9
(sobre la detención arbitraria y las reglas del debido proceso) y el articulo
10 (el cual estipula que toda persona privada de la libertad debe ser
tratada con humanidad y con respeto de su dignidad) y la Convencion
Contra la Tortura, entre otros. Actos de tortura y mal trato, cometidos
durante interrogatorios y detención en incomunicacion constituyen
también una violacion de los artículos 1, 2, 4, 11, 12 y 16 de la
Convencion contra la Tortura.
La OMCT recuerda Además que estar libre de tortura es un derecho no
derogable. Ninguna razon (ni siquiera razones de seguridad tales como
posibilidades de ataques inminentes que puedan implicar la muerte de
personas) pueden ser usada para justificar la tortura o el maltrato.
La OMCT manifiesta su profunda preocupación sobre la constante
información que se recibe sobre las condiciones de detenidos en Israel y
que indica que Israel continua usando la tortura durante interrogatorios,
en particular cuando los detenidos están incomunicados, y no tienen
acceso a abogados durante largos periodos.
Ginebra, 9 de abril de 1998
From: Organización Mundial Contra la Tortura omct@omct.org
Más información - Further information - Plus d'information
|